2.06.2006

Puentecito...

Heme aquí, en casa disfrutando del primer "puentecito" del año. Después de que nuestras H. autoridades federales terminaran por aprobar la iniciativa de adicionar dos párrafos al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo...


Cuando los días de descanso obligatorio 5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo y 20 de noviembre, ocurran en martes, miércoles o jueves, deberán ser disfrutados por el trabajador el lunes siguiente.

Incluye asimismo, el 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

Así las cosas, a nuestros legisladores les pareció congruente la idea de que tal decreto traería beneficios de distintas índoles, entre ellos la reducción del ausentismo en el trabajo, mayor convivencia familiar y estímulo a la actividad turística, entre otros.

Ya veremos...

Mientras tanto, yo "descanso" en casa, aprovecho para revisar tareas, preparar materiales para las clases del miércoles, hacer mi tarea para mañana... en fin. Y estoy sola, porque mi amado trabaja en San Diego, así que eso de la convivencia familiar, en el contexto fronterizo, habría que revisarlo.

Sale, espero que a ustedes el puentecito sí les proporcione beneficios diversos jejeje :)

Saludos

Mony
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